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Implantar Sage 50 con el Kit Digital: guía para pymes y autónomos (2026)

En corto: sí, puedes usar el bono del Kit Digital para implantar Sage 50. Sage 50 es un software de gestión y contabilidad que encaja en la categoría de soluciones “Gestión de Procesos” del programa (la del ERP). El bono cubre la implantación, configuración y un periodo de mantenimiento; tú normalmente solo pagas el IVA de la parte subvencionada. Lo gestionas a través de un agente digitalizador adherido (como Burotica). El importe disponible depende del tamaño de tu empresa y de la convocatoria vigente.

Importante (léelo): el Kit Digital se rige por convocatorias y órdenes que cambian (plazos, fondos, importes y condiciones). Las cifras de esta guía están verificadas a 22 de junio de 2026 y se basan en la Orden TDF/39/2026 (de 26 de enero de 2026, publicada en el BOE el 28 de enero; BOE-A-2026-2070), que habilita reactivar el programa con fondos remanentes. Antes de solicitar, confirma el estado vigente en acelerapyme.gob.es o con tu agente digitalizador.


Qué es el Kit Digital

El Kit Digital es un programa de ayudas públicas (financiado con fondos europeos NextGenerationEU, gestionado por Red.es / Acelera Pyme) para que autónomos, microempresas y pymes den un salto de digitalización. No es dinero que recibes en mano: es un bono que se “gasta” contratando soluciones digitales de un catálogo de categorías, a través de empresas adheridas como agentes digitalizadores.

Categorías relevantes para Sage 50

De las categorías del catálogo, la que encaja con un ERP/software de gestión como Sage 50 es:

  • Gestión de Procesos → es la categoría del ERP. Permite digitalizar y/o automatizar procesos de negocio: contabilidad y finanzas, facturación, proyectos, inventario, compras y pagos, RR. HH., logística, etc. Aquí entra Sage 50.

Ojo a un matiz importante: existe también una categoría de “Factura Electrónica”, pensada para la solución específica de facturación electrónica. No es lo mismo que “Gestión de Procesos”. Sage 50 como ERP de gestión se solicita normalmente por Gestión de Procesos; si solo necesitas facturación electrónica, puede encajar la otra. Tu agente digitalizador te orienta sobre cuál procede en tu caso.


Importes del bono por tramo de empresa

El bono total disponible depende del segmento (tramo por número de empleados). Cifras vigentes según la Orden TDF/39/2026 (verificadas a 22/06/2026):

SegmentoTamaño (empleados)Bono total máximo
IIIAutónomos y de 0 a menos de 3 empleados3.000 €
IIDe 3 a menos de 10 empleados6.000 €
IDe 10 a menos de 50 empleados12.000 €

Matiz clave (no lo confundas): el bono total del segmento III es de 3.000 € (2.000 € para soluciones de digitalización + 1.000 € reservados a puesto de trabajo/dispositivos). Es distinto del tope de la categoría “Gestión de Procesos” (la del ERP, donde entra Sage 50), que en ese segmento es de 2.000 € — ver tabla siguiente. Existen además convocatorias específicas para empresas medianas (50–249 empleados) con importes mayores (hasta ~25.000–29.000 € según el segmento), con condiciones propias. Si estás en ese rango, consúltanos aparte.

¿Cuánto de ese bono va a la categoría “Gestión de Procesos”?

El bono total es la bolsa global; cada categoría tiene su importe máximo subvencionable dentro de esa bolsa. Para Gestión de Procesos (la del ERP), los topes que se han venido aplicando por segmento son:

SegmentoMáximo en “Gestión de Procesos”
III (autónomos / 0–2)hasta 2.000 € (suele incluir 1 usuario)
II (3–9)hasta 6.000 € (hasta ~3 usuarios)
I (10–49)hasta 12.000 € (hasta ~10 usuarios)

Caveat honesto: los importes y el nº de usuarios por categoría se fijan en cada convocatoria y han variado entre ediciones (en algunas referencias el tope de Gestión de Procesos para el segmento III aparece más bajo). No los tomes como definitivos: confirma el importe exacto aplicable a tu caso con el agente digitalizador antes de firmar. La regla que sí se mantiene: el bono no puede superar ni el tope de tu segmento ni el tope de la categoría.


Requisitos y pasos para solicitarlo

Requisitos básicos

  • Ser autónomo, microempresa o pyme con domicilio fiscal en España.
  • Estar dado de alta y con la antigüedad mínima exigida en la convocatoria (para autónomos suele pedirse al menos 6 meses en el RETA).
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  • No superar los límites de ayudas de minimis.
  • No estar en alguna de las situaciones de exclusión que marca la convocatoria.
  • Haber realizado el test de diagnóstico de madurez digital en Acelera Pyme.

Pasos

  1. Regístrate en acelerapyme.gob.es y completa el test de autodiagnóstico de madurez digital.
  2. Solicita el bono en la sede electrónica de Red.es dentro de la convocatoria vigente (puedes autorizar a un representante voluntario para que lo tramite por ti).
  3. Espera la concesión del bono digital (es un crédito que se te asigna; no lo recibes en efectivo).
  4. Elige un agente digitalizador adherido y la solución (p. ej. Sage 50 en “Gestión de Procesos”).
  5. Firma el Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales con el agente.
  6. El agente implanta la solución; tú pagas normalmente solo el IVA de la parte subvencionada.
  7. Justificación: el agente documenta la implantación y la solución debe permanecer activa el periodo mínimo exigido (habitualmente 12 meses).

⚠️ Estado de la convocatoria: la Orden TDF/39/2026 habilita reactivar el programa con fondos remanentes, pero a 22/06/2026 la apertura efectiva de nuevas solicitudes depende de instrucciones/convocatoria operativas que pueden no estar activas en este momento. El marco existe; que puedas solicitar hoy es algo que debes confirmar en acelerapyme.gob.es o con tu agente digitalizador antes de contar con ello.


Cómo encaja Sage 50 (qué cubre el bono y qué no)

Sage 50 es el software de gestión y contabilidad para autónomos y pymes: contabilidad, facturación, tesorería, IVA y modelos, con cumplimiento normativo (incluido Verifactu). Como ERP de gestión, encaja en “Gestión de Procesos”.

Qué suele cubrir el bono:

  • Licencia/suscripción de la solución durante el periodo subvencionado.
  • Implantación y configuración a tu negocio (plan contable, clientes, proveedores, facturación, tesorería).
  • Parametrización de los procesos incluidos en la categoría.
  • Formación básica para usarlo.
  • Mantenimiento y soporte durante el periodo de prestación (normalmente 12 meses).

Qué NO cubre (lo pagas tú aparte):

  • El IVA de la parte subvencionada (no es subvencionable).
  • Hardware (ordenadores, servidores) y conectividad.
  • Desarrollos a medida o módulos fuera del alcance de la categoría.
  • La continuidad del servicio una vez agotado el bono (la renovación posterior corre por tu cuenta).
  • Migraciones/servicios que la convocatoria no contemple como subvencionables.

Si tu necesidad es mayor que Sage 50 (multiempresa, almacén, CRM, fabricación), quizá te interese Sage 200 — pero el encaje y los topes del bono cambian. Te lo valoramos sin compromiso.


El papel del agente digitalizador (y del partner)

Un agente digitalizador es una empresa adherida oficialmente al programa, autorizada para implantar las soluciones del catálogo y cobrar el bono en tu nombre. Sin un agente adherido no puedes “gastar” el bono.

¿Qué hace por ti un buen agente digitalizador / Partner Sage?

  • Te asesora sobre la categoría y el importe que te corresponden.
  • Firma contigo el Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales.
  • Implanta y configura Sage 50 según tu operativa real.
  • Te forma y te da soporte durante el periodo.
  • Se encarga de la justificación ante Red.es para que no pierdas la ayuda.

Burotica es Partner Sage desde 1995: conocemos Sage 50 a fondo y la operativa contable de pymes y autónomos. Eso evita el error típico de “implantar por implantar” y deja el software funcionando de verdad desde el primer día.


Preguntas frecuentes

Las condiciones del Kit Digital pueden cambiar en cada convocatoria/orden. Las respuestas reflejan el estado a 22/06/2026.

¿De verdad puedo pagar Sage 50 con el Kit Digital? Sí. Sage 50 encaja en la categoría “Gestión de Procesos”. El bono cubre la implantación, configuración y mantenimiento según el tope de tu segmento y de la categoría; tú sueles pagar solo el IVA de la parte subvencionada.

¿Cuánto dinero me darían? Depende de tu tamaño: hasta 3.000 € (autónomos / 0–2 empleados), 6.000 € (3–9) o 12.000 € (10–49) de bono total del segmento. Ojo: dentro de ese bono, la categoría “Gestión de Procesos” (la del ERP, donde entra Sage 50) tiene su propio tope (2.000 € en el segmento III). La cifra exacta se confirma en la convocatoria vigente y con el agente digitalizador.

¿El Kit Digital sigue abierto en 2026? Tras la Orden TDF/39/2026 el programa se reactivó con fondos remanentes y opera hasta agotarlos, sin fecha fija de cierre conocida a 22/06/2026. Como esto cambia, verifica el estado actual antes de solicitar.

¿Recibo el dinero en mi cuenta? No. El Kit Digital es un bono/crédito que se “gasta” contratando soluciones a un agente digitalizador; el agente cobra la ayuda directamente. Tú no manejas el dinero, solo abonas el IVA y lo no subvencionable.

¿Qué pasa cuando se acaba el bono? La solución debe seguir activa el periodo mínimo exigido (habitualmente 12 meses). Después, la renovación de licencia/soporte corre por tu cuenta; te lo dejamos claro desde el principio para que no haya sorpresas.

¿Necesito obligatoriamente un agente digitalizador? Sí. Solo las empresas adheridas pueden implantar las soluciones y cobrar el bono. Burotica, como Partner Sage, te acompaña en todo el proceso, incluida la justificación.


¿Listo para implantar Sage 50 con el Kit Digital?

En Burotica (Partner Sage desde 1995) te decimos en una llamada qué bono te corresponde, si encajas en la convocatoria vigente y cómo dejar Sage 50 funcionando en tu día a día — sin letra pequeña.

👉 Solicita una valoración gratuita del Kit Digital para Sage 50 o llámanos al 93 788 95 14. Revisamos tu caso y los plazos vigentes contigo.


Fecha de referencia y fuentes

  • Datos verificados a: 22 de junio de 2026.
  • Normativa base: Orden TDF/39/2026, de 26 de enero (publicada en el BOE el 28-ene-2026; BOE-A-2026-2070).
  • Fuente oficial recomendada: Acelera Pyme — acelerapyme.gob.es (estado de convocatorias, importes y catálogo de soluciones).
  • Los importes por categoría y nº de usuarios se fijan en cada convocatoria y pueden variar; confirma siempre el dato vigente antes de solicitar.

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